11 noviembre 2020

Junto a Ti: una oferta inaceptable

 Junto a Ti: una oferta inaceptable

De manera sorpresiva y con un plazo de respuesta perentorio y muy escaso, la dirección ha planteado a los compañeros que prestan servicios en Junto a Ti la suspensión de su contrato en Liberbank para pasar a formar parte de una empresa participada (Liberbank Contac SL).

Después de una somera explicación verbal en una reunión celebrada el lunes y a la que habían sido convocados sin señalar cuál era el motivo, los compañeros afectados han recibido mediante correo electrónico un modelo de acuerdo individual que deben remitir firmado, en caso de conformidad, este viernes a más tardar.

Ante la lógica preocupación de los compañeros, desde la CSI manifestamos lo siguiente:

Tanto el fondo como la forma de esta propuesta nos parecen absolutamente inaceptables.

Respetando, como siempre hacemos, la decisión personal de cada trabajador, consideramos que la acreditada mala fe de la dirección de Liberbank y su conocida estrategia de incumplir acuerdos o, en su caso, darles la interpretación más lesiva para los trabajadores, alargando además de manera torticera todos los plazos y recursos legales, convierte en papel mojado todos los compromisos de retorno a Liberbank contemplados en el impreso enviado a los compañeros.

Consideramos, además, que si hubiera buena fe por parte de la dirección, quienes representamos a los trabajadores afectados deberíamos haber sido informados en tiempo y forma, para poder ejercer nuestra obligación de asesorarles adecuadamente, aclarando, en su caso, todas las muchas dudas que plantea esta iniciativa de la empresa.

Igualmente, consideramos que el servicio Junto a Ti puede seguir siendo gestionado por trabajadores de Liberbank, sin que se haya justificado (ni siquiera intentado justificar) los motivos de este cambio que se pretende llevar a cabo, pero que, sin duda, no suponen ningún beneficio para los compañeros afectados, más bien al contrario.

Por último, manifestamos nuestra convicción de que, en estos tiempos de zozobra y de permanentes cambios, los derechos de los trabajadores se defienden mejor peleando unidos en Liberbank que desgajados en diferentes empresillas.

Por todo lo expuesto, reiteramos que la propuesta de la dirección nos parece totalmente inaceptable y, reiterando nuestro respeto absoluto a la voluntad de cada compañero, aconsejamos no aceptarla, para lo cual es suficiente no devolver firmado el contrato que la dirección ha enviado.

11 de noviembre de 2020

04 noviembre 2020

Congelación bandas salariales: el Tribunal Supremo nos da la razón

Una hermosa noticia

 Congelación bandas salariales de los compañeros ingresados en Cajastur después del 25 de enero de 1.999: el Tribunal Supremo nos da la razón

El árbol corrupto y podrido del acuerdo del 25 de enero de 1999 en Cajastur sigue produciendo amargos frutos en forma de recortes salariales y absorción de los aumentos de convenio colectivo, lo que sumado a los sucesivos ERES fraudulentos, está suponiendo para todos los trabajadores que accedieron a nuestra Caja a partir de dicho acuerdo, además de una manifiesta injusticia, una clara discriminación respecto al resto de trabajadores que formamos parte de Liberbank.

En 2.008, una vez firmado el Convenio Estatal, se procedió, por última vez, a la negociación de las condiciones postconvenio en Cajastur para su periodo de vigencia (2.008-2.010), actualizándose las bandas salariales (niveles máximo y mínimo) en el mismo porcentaje de aumento salarial de dicho Convenio.

Desde 2011 hasta 2016 no se produjo ninguna actualización, por no contemplarlo el Convenio o por los diferentes ERES fraudulentos que contemplan inaplicación del incremento salarial de convenio.

El convenio 2015-2018, firmado en agosto de 2016, contemplaba una subida salarial de 1% para 2015 y 2016, de otro 1% en 2017 y de 1,25% para 2018, que no se trasladó a las bandas salariales de los trabajadores ingresados en Cajastur a partir de 1999.

Ante la manifiesta intención de la empresa de mantener congeladas in eternis las bandas salariales de estos compañeros, desde la CSI promovimos un conflicto colectivo contra dicha congelación, exigiendo que se les aplicase de forma efectiva las subidas de convenio estatal sin que pudieran ser absorbidas por el CNNC.

Como es preceptivo, tuvo lugar una reunión de mediación, en la cual la empresa solicitó un plazo de un mes para estudiar la posibilidad de presentar por su parte una oferta de negociación.

Transcurrido ese mes, la empresa comunicó que "su situación económica le impedía asumir una obligación económica como la que implicaría abonar las subidas del convenio a los compañeros afectados por esta congelación" (así, tal cual), por lo que, desde la CSI seguimos adelante con el conflicto colectivo, presentando la correspondiente demanda, a raíz de la cual, el TSJA, en mayo de 2019, dictó una sentencia que nos daba la razón y afirmaba lo siguiente:

Estimando la demanda de conflicto colectivo interpuesta por Corriente Sindical de Izquierda de Asturias contra Liberbank S.A., debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores adscritos a la escala de niveles y provenientes de la entidad Cajastur a que se actualicen las bandas salariales conforme a lo pactado en el acuerdo de 4 de julio de 2008, con la misma periodicidad e incrementos salariales que los establecidos en el Convenio Colectivo del Sector, manteniendo el derecho de dichos trabajadores en los términos legalmente establecidos y por ello, abonando los atraso devengados en 2017, en su caso, por la indebida falta de actualización de las bandas salariales (máxima y mínima) correspondiente a la escala de niveles, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y, por tanto, a adoptar las medidas necesarias para su efectividad, junto con el abono de las cantidades que por tal concepto se hubiesen generado hasta el momento.”

Esta hermosa y contundente sentencia fue, como era de esperar, recurrida por parte de Liberbank ante el Tribunal Supremo.

Tanto en sus alegatos contra nuestra demanda como en su ridículo recurso al TS, el argumento estrella de la empresa consistía en una circular sindical firmada por el representante del Sindicato Amarillo y Parasitario STC en la mesa de negociación de los últimos recortes fraudulentos impuestos por la dirección y todavía en vigor a pesar de haber sido anulados por la AN.

En dicha vomitiva circular se afirmaba que, gracias al ERE fraudulento en vigor hasta finales del año pasado, firmado por CCOO, UGT, CSIF y el Sindicato Amarillo y Parasitario STC se había resuelto el problema de los compañeros afectados por la congelación de las bandas salariales (además de haberse conseguido una estupenda prejubilación para la secretaria general del Sindicato Amarillo y Parasitario STC, firmante de dicho ERE, a costa de los recortes salariales de quienes seguimos trabajando)

Ya en su momento, la Fiscalía del TS emitió un informe en el que pedía la desestimación del recurso de Liberbank.

Ahora, el Tribunal Supremo acaba de dictar sentencia en la que acuerda:

"Desestimar el recurso de casación interpuesto por Liberbank SA y confirmar y declarar la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 21 de mayo de 2019, dictada en autos número 12/2019, en virtud de demanda formulada por Corriente Sindical de Izquierda de Asturias frente a Liberbank SA"

Una muy buena noticia para los trabajadores y otro contundente bofetón a la soberbia y la prepotencia de quienes dirigen Liberbank y a sus vomitivos y patéticos cómplices sindicales.

Seguiremos informando

4 de noviembre de 2020


29 octubre 2020

Nóminas: una corrección necesaria y una negociación pendiente

Nóminas: una corrección necesaria y una negociación pendiente

En su momento, la dirección publicó en intranet un manual acerca de la estructura de nóminas de nuestra entidad en el que, seguramente por casualidad, volvía a mantener su particular teoría de que los trabajadores procedentes de Cajastur tenemos un total de 17.5 pagas anuales cuando, como les consta, son 19 pagas, por mucho que gracias entre otras cosas, al incumplimiento de acuerdos firmados por la misma dirección, haya 1,5 pagas que llevamos tiempo sin percibir.

Aún sabiendo que dicho documento publicado en intranet no tiene un rango legal que pueda interpretarse como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, desde la CSI, para evitar malentendidos y para recordarle a la dirección otro de sus incumplimientos y para recordarle asimismo otro proceso de negociación pendiente, remitimos al director de Recursos Laborales el siguiente correo:

"Muy señor nuestro:

En relación con la reciente publicación en la intranet de la entidad del documento denominado "20200925 Manual de nómina de Liberbank", comunicamos lo siguiente:

Lamentamos que dicho documento afirme que el personal de origen Cajastur tiene 17,5 pagas anuales (12 ordinarias y 5,5 extraordinarias) volviendo a reiterar la falsedad contenida en la “Memoria explicativa de causas y propuesta para la racionalización del sistema de pago de nómina y prorrateo de la retribución en Liberbank, S.A.” que, a finales de 2018, la dirección remitió a los sindicatos a comienzo de la negociación sobre la unificación de la fecha de pago de nóminas y el prorrateo de las pagas extra en la entidad.

Le recordamos que, al comienzo de dicho proceso, hicimos entrega de sendas resoluciones aprobadas a propuesta de la CSI por la mayoría del comité de oficinas de Asturias con el voto a favor de todos los sindicatos excepto STC, en las que por un lado se recordaba a la dirección que los trabajadores origen Cajastur tenemos 19 pagas anuales (12 ordinarias, 2 extras en julio y diciembre, 2 de productividad en septiembre y noviembre y 3 pagas de beneficios en enero, febrero y marzo) tal y como estipula el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro y por otro, se requería a la dirección la negociación del compromiso establecido en el acuerdo de 4 de julio de 2008 en Cajastur, al no haberse cumplido en ningún ejercicio el ratio establecido en la estipulación primera de dicho acuerdo para el cobro de paga extra.

Finalizada la negociación referida sin acuerdo y toda vez que no se llevó a cabo ninguna modificación (impugnable ante los tribunales, en su caso) del sistema de nóminas, nos parece inadmisible que, por parte de la empresa se siga insistiendo en dicha falsedad, por lo que esperamos que se corrija a la mayor brevedad posible el documento referido.

Aprovechamos para solicitar la apertura del proceso negociador contemplado en el acuerdo de 2008 (“Ambas partes se comprometen a revisar o modificar el citado ratio, si durante dos ejercicios consecutivos no se alcanzase el valor mínimo que permita el pago aquí definido”) teniendo en cuenta que dicho ratio nunca se cumplió, ni siquiera el primer año, con lo que son más de diez los años consecutivos en que no se alcanza superando, por tanto, muy ampliamente el plazo de dos años de incumplimiento para proceder a su renegociación.

Un saludo"

Ahora, recibimos la siguiente respuesta:

"Buenos días,

En relación con su correo electrónico, recibido el pasado día 19 de octubre, relativo a su disconformidad con el contenido del Manual de nómina de Liberbank, publicado en la intranet, le manifestamos vamos a proceder a aclarar su contenido para evitar malos entendidos, puesto que el número de pagas para los trabajadores con procedencia Cajastur es el que establece el Convenio Colectivo y el derivado de los pactos de empresa vigentes, que puede llegar a alcanzar hasta 19 pagas en función de los parámetros vigentes.

No obstante, le recordamos que el Manual de Nómina, como se indica en su apartado de introducción tiene un carácter orientativo y práctico, no normativo, sin que puede entenderse que modifica o regula ningún aspecto especifico del funcionamiento de la nómina en Liberbank que se regirá por la norma legal, convencional o acuerdo individual del que traiga causa en función del concepto.

Lo que le comunicamos a los efectos oportunos.

Un saludo”

Una vez corregido este error que, seguro que por casualidad, va como siempre en detrimento de los derechos de los trabajadores (nos extrañaría mucho que hubieran puesto que tenemos derecho a 25 pagas, pero quién sabe, tal vez podría haber pasado) ya sólo queda que la dirección comience a reparar esas otras cuestiones que les recordábamos también en nuestro mensaje y a las que no hacen la mínima alusión, como si no existieran.

También, ya para nota, sería bueno que las mentes pensantes, en aquel tiempo dirigentes de CCOO y actualmente atechados en las diferentes variantes del sindicalismo amarillo de Liberbank y sus empresas participadas (donde ejercen a la vez de jefecillos ascendidos por méritos como éste) que vendieron a bombo y platillo lo bien que habían negociado ese acuerdo y que callaron como ahogados cuando el ratio establecido en dicho acuerdo no se cumplió ni siquiera el primer año, explicaran este extraño suceso que, si no fuera por lo que significa en lo que respecta a nuestro salario, resultaría hasta cómico.

En todo caso, por nuestra parte, a seguir en la pelea.

29 de octubre de 2020.



P.D.: probablemente habrá algunos compañeros que se pregunten por qué el Sindicato Amarillo y Parasitario STC no apoyó en su momento las resoluciones conjuntas (previas a la negociación en la que la dirección pretendía, con la disculpa de una supuesta unificación de nóminas, quitarnos para siempre esas nóminas que llevamos años sin cobrar) aprobadas por el resto del Comité de Oficinas de Asturias, a propuesta de la CSI que, además de afirmar cosas absolutamente ciertas, suponían una necesaria advertencia de las intenciones de la dirección y una defensa de nuestros derechos como trabajadores.

Para esta pregunta, malintencionada y capciosa como tantas de las que hacemos, hay dos respuestas.

La respuesta extensa: porque a los sindicalistas amarillos y parasitarios del Sindicato Amarillo y Parasitario STC, a la espera de que la dirección sumase, junto con ellos, una mayoría sindical que avalase este nuevo atropello a la que apoyar coherentemente con su papel de Sindicato Amarillo y Parasitario, no les convenía posicionarse en una postura que pudiera contradecir tan flagrantemente su traición.

La respuesta resumida:

Porque así de amarillos y parasitarios son estos personajes del Sindicato Amarillo y Parasitario STC.

Faltaría otra tercera hipotética respuesta: la explicación del propio Sindicato Amarillo y Parasitario STC acerca de su (muy relativamente) sorprendente actitud.

Con el lógico escepticismo, no descartamos que esa explicación se produzca en algún momento del actual siglo.

Seguimos esperando (en posición de cúbito supino para evitar lesiones de cervicales).

26 octubre 2020

Beneficios: el inmoral y cansino cuento de siempre

Beneficios: el inmoral y cansino cuento de siempre 

El anuncio de los resultados de los primeros tres trimestres del año de la pandemia resulta, como es habitual, la clásica obra de ciencia ficción que, de tan repetida y tan patética, nos tiene más que hartos.

Cabe preguntarse para qué se molestan en montar este teatrillo del absurdo que no se creen ni los mismos guionistas cuando lo más práctico sería decir que los resultados de Liberbank son aquellos que en cada momento le convengan al Consejero Delegado y a los especuladores que controlan el Consejo de Administración, con la maloliente particularidad de que dichos resultados, siempre que les interese al Consejero Delegado y a los especuladores que controlan el Consejo de Administración, pueden significar en un mismo momento cosas absolutamente diferentes y opuestas: una sólida situación atractiva para los inversores y una práctica bancarrota para justificar los recortes fraudulentos a los trabajadores.

Resulta llamativo (relativamente llamativo conociendo el percal contable) que en medio de tanta palabrería pseudoespecializada no se haga ninguna alusión a la cantidad que nos adeudan en base a la anulación por la Audiencia Nacional de los recortes fraudulentos, ademàs de ilegales a partir de dicha sentencia, que nos llevan aplicando desde principios de año.

A estas fechas, nos adeudarían sobre 12 millones de euros, cantidad que se incrementaría cada día que sigan aplicando estos recortes, por mucho que se pretendan apoyar en ese recurso al TS que han anunciado, cuyas posibilidades de prosperar son las mismas que las posibilidades de que quienes hundieron y achatarraron Cajastur en beneficio propio sepan gestionar con una mínima ética profesional cualquier tipo de empresa: ni Liberbank, ni Unicaja, ni el Banco Chino de Manolita Chen: entre cero y ninguna.

En todo caso, estos resultados y el inmoral empeño del Consejero Delegado en repartir dividendos con el dinero que nos roban (suena fuerte el término? no se nos ocurre otro más correcto y más ajustado a la realidad) a los trabajadores constituyen una nueva demostración de que hay mentiras y hay saqueos que, de momento, continúan impunes por las múltiples complicidades de quienes deberían denunciarlos y perseguirlos, sin que esto haga que lo falso se torne en verdadero ni que la falsedad se convierta en una virtud encomiable.

Por nuestra parte, contra estos actuales atropellos, los pasados y los que vendrán, a seguir en la pelea por los derechos y la dignidad profesional y personal de todos los compañeros.

26 de octubre de 2020

23 octubre 2020

Reunión Teletrabajo

Reunión Teletrabajo

Ayer tuvo lugar la reunión telemática sobre teletrabajo convocada por la dirección.

En Liberbank, esta modalidad de trabajo está relacionada con las medidas de protección y seguridad ante la pandemia.

En noviembre entra en vigor el convenio estatal que contempla la regulación de los diferentes tipos de teletrabajo y las obligaciones de la empresa de proporcionar equipo informático, así como, en su caso, teléfono móvil con datos para ser utilizados por el trabajador.

En el caso de las tardes laborables, la intención manifestada por la entidad es ofrecer la posibilidad de teletrabajo a la mayoría de la plantilla (entre ellos a la totalidad de quienes trabajamos en oficinas), pero advierte de que no cuenta con equipo para todos los trabajadores y que sus planes de adquisición y puesta en funcionamiento de dichas herramientas contemplan un periodo de tiempo que, según manifiestan, no se prolongaría más allá del primer semestre del año que viene.

Ante esta situación, la dirección pretende que los sindicatos nos comprometamos a no promover acciones legales en base a esta situación, manifestando que es transitoria y que el hecho de no trabajar presencialmente las tardes laborables es beneficioso para los trabajadores en tanto en cuanto se evitan dobles desplazamientos o comidas en establecimientos públicos.

Al margen de los motivos últimos de la dirección para proponer esta aplicación del teletrabajo en las tardes laborables, desde la CSI consideramos que siempre que sea voluntaria su aceptación por parte del trabajador y se den opciones a quienes no tiene equipo propio para poder utilizar los que son propiedad de la empresa, es una alternativa razonable ante la opción de trabajar presencialmente esas tardes.

Una vez dicho esto, si la pretensión de la empresa es que los sindicatos firmemos un acuerdo en el sentido de descolgarnos del Convenio Estatal y de renunciar a cualquier herramienta de defensa de los derechos de los trabajadores, no es nuestra intención firmar nada de eso.

Más aún, con la larga trayectoria de incumplimientos de acuerdos que acumula esta dirección.

Seguiremos informando.    

23 de octubre de 2020