El sindicalismo del Régimen nos sigue tomando por
tontos de capirote
Convenio? Qué Convenio?
De un tiempo a esta parte, asistimos a una continua
lluvia de circulares acerca de la negociación del Convenio Colectivo en la que,
ante las desaforadas pretensiones de la patronal, los sindicatos del Régimen presentes
en la mesa se desmelenan con el clásico repertorio de líneas rojas
infranqueables, expresiones grandilocuentes sobre su supuesta negativa a
aceptar los pérfidos propósitos patronales y las típicas amenazas de
movilizaciones que, o bien “no descartan” o bien “se están planteando”.
Si no resultase trágico para tantos trabajadores del
sector, sería cómico ver a los mismos personajes de las Tarjetas Black, de los
Consejos de Administración de las Cajas, de los sobresueldos por su abnegada y
sacrificada labor sindical y de la firma de los ERES con miles de despidos
puros y duros, en Bankia y las Cajas gallegas por ejemplo, con indemnizaciones
de 30 días por año trabajado y un tope de 18 meses (calcula y verás) haciendo
una vez más el número de la cabra reivindicativa como lo hicieron antes de
firmar dichos ERES, con las consabidas huelgas de atrezzo y el paseo con las
banderitas de plástico, previamente a la firma de algo sospechosamente parecido
a lo que ahora rechazan indignados, según el guión establecido.
Al parecer, al becario que redacta las circulares
del sindicalismo del Régimen no le han advertido de que hay situaciones
específicas (la de Liberbank, sin ir más lejos) en las que habría que hacer
alusión al descuelgue del Convenio Colectivo firmado por ellos mismos, no vaya
a ser que los trabajadores nos hagamos demasiadas ilusiones respecto a temas
como el incremento salarial y otros parecidos.
El segundo ERE fraudulento de Liberbank, firmado por
CCOO, UGT y CSIF después de que el primero fuese anulado por la Audiencia Nacional
en base a la demanda presentada por la CSI contenía, al igual que el otro, el
siguiente apartado:
MEDIDAS DE INAPLICACIÓN O DESCUELGUE DEL CONVENIO COLECTIVO
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 82.3
del Estatuto de los Trabajadores, y hasta la finalización de la vigencia del
Convenio Colectivo de Cajas y Entidades de Crédito, no serán de aplicación las
siguientes condiciones de trabajo establecidas en el mismo:
a) Incremento
salarial previsto para el año 2014 sobre los conceptos previstos en el Convenio
Colectivo.
b) Abono del
plus convenio durante los años 2014
a 2017, inclusive.+
c) Ayuda de
estudios de empleados, ayuda formación de hijos de
empleados y ayuda guardería, durante los años
2014 al 2016, inclusive.
Si la vigencia del
Convenio Colectivo finalizara con anterioridad al periodo de duración de la
inaplicación pactada, las partes se comprometen a realizar las actuaciones
necesarias para mantener la inaplicación durante ese periodo.
Obviamente, este último
párrafo se refiere a inaplicación de posibles mejoras de Convenio. Sobre los
posibles recortes en salario o condiciones laborales, no albergamos ninguna
duda de que se pondrán de acuerdo para obviar esa inaplicación a que hacen
referencia. Tiempo al tiempo.
Por lo tanto, teniendo en
cuenta que los sindicalistas del Régimen le firmaron a la dirección de
Liberbank un ERE de tres años y medio de duración (record mundial y medalla de
oro de la desfachatez sindical!!) la única posibilidad de que, cualquier supuesta
mejora de Convenio nos afecte antes de esa fecha, es que alguno de los recursos
presentados ante el Tribunal Supremo contra el ERE fraudulento en vigor consiga
anularlo.
Recordamos que contra dicho
ERE se presentaron ante la Audiencia Nacional dos recursos. Uno por parte del Comité
de Oficinas de Asturias (a propuesta de CSI, con el voto a favor de la propia
CSI y de CSICA y con el voto en contra de UGT y STC-CIC) y otro por
parte de CSICA. El recurso del Comité de Oficinas fue elaborado por los
servicios jurídicos de la CSI, los mismos que presentaron la demanda que
consiguió la anulación del anterior ERE.
La Audiencia Nacional, en
una muy discutible sentencia que contó con el voto particular en contra de la
magistrada que tendría que haber redactado dicha sentencia, anuló lo relativo a
la suspensión de aportaciones a los planes de pensiones, dando por buenas las
fraudulentas cifras y las fraudulentas razones esgrimidas por la dirección y
avaladas con la firma de los sindicalistas traidores.
Sin prejuzgar el sentido de
la sentencia del Supremo, desde la CSI esperamos que esta estafa (que no hace
falta que ningún tribunal nos diga que lo es, lo sabemos de sobra) no quede
impune y podamos recuperar el dinero que todos los meses nos sacan del bolsillo
a beneficio de quienes dirigieron la liquidación/privatización de nuestras
cajas y de sus socios.
En todo caso, recordamos: gracias
al sindicalismo del Régimen, la negociación del Convenio Colectivo del sector
es una cuestión que nos queda muy, muy lejos.
Seguiremos informando.