A vueltas con el Código Ético
Con fecha 16
de febrero, El Director de Administración y Retribución nos remite de manera
personalizada un mensaje acerca de diversas actualizaciones del Código Ético
Profesional cuyo primer párrafo dice lo siguiente:
Estimado/a compañero/a:
En línea con el Informativo nº 595 Código
Ético Profesional, del Departamento de Cumplimiento Normativo, publicado en la
Intranet elpasado 29 de diciembre de 2016 y la Noticia de la misma fecha, te
remitimos la siguiente información
de obligado conocimiento y cumplimiento, que requiere la aceptación por
tu parte (desde la pestaña Mensaje en la opción VOTAR
seleccionar “Conforme”).
Ya en enero
del 2013 (el año de los ERES fraudulentos) la dirección pretendió obligarnos a
dar conformidad a un Código Ético implantado unilateralmente, sin negociación
alguna y sin posibilidad de participación de los trabajadores.
Ante esta
nueva petición de conformidad al Código Ético Profesional que la dirección
pretende imponer sin darnos la posibilidad de conocer a fondo sus implicaciones
y sin que los trabajadores podamos opinar acerca de él, como si esta dirección
tuviera el monopolio de la ética profesional y/o personal, cosa que por nuestra
parte no aceptamos de ninguna de las maneras, más bien al contrario, repetimos
las reflexiones que publicamos en su momento:
Si la dirección pretende imponernos
un código ético ¿Para qué necesita nuestra conformidad personal escrita y
firmada?
Si quiere nuestra conformidad, ¿No
deberíamos tener posibilidades de conocer previamente todo lo que implica la
aceptación de ese código y discutir lo que creemos que tiene que contener y lo
que creemos que no tiene que contener dicho código?
En todo caso, teniendo en cuenta que
si la dirección quiere que conste que nos han remitido el Código Ético, existe
la posibilidad de establecerlo así en el correo que nos envían y, ante la
barbaridad que supone pretender que demos conformidad a este engendro de una
forma tan absolutamente irresponsable, desde la CSI recomendamos a todos los
compañeros no dar ningún tipo de contestación al mensaje citado.
Para mayor abundamiento, ante la
denuncia presentada en su momento por el Comité de Oficinas de Asturias,
comparecieron el 13 de mayo de 2013 ante la Inspección de Trabajo de Asturias
dos directivas de Liberbank (la Directora de Cumplimiento Normativo y la
Directora de Gestión de Recursos Humanos) que, según la resolución de dicha
Inspección acerca del Código Ético, manifestaron, entre otras cosas, lo
siguiente:
“No hay
obligación de firmarlo, es decir que no está prevista ninguna consecuencia para
el caso de que los trabajadores no lo firmen y que de hecho hay trabajadores
que no lo han firmado”
Seguiremos informando
20 de febrero de 2017