18 noviembre 2013

Sentencia Audiencia Nacional



Sentencia Audiencia Nacional
                                      
Publicamos la sentencia íntegra para que todos los compañeros puedan conocerla  y disfrutarla de primera mano.
   


Aparte del fallo, consideramos muy importante resaltar lo siguiente:
                          
FUNDAMENTOS DE DERECHO

TERCERO. – La simple lectura del suplico de la demanda permite concluir que los
demandantes no impugnan las medidas de flexibilidad interna, impuestas por las
empresas demandadas a partir del 16-06-2013, como consecuencia de la
finalización sin acuerdo del período de consultas, iniciado el 23-04-2013 y concluido
el 8-05-2013, que incluía en sus inicios medidas de modificación sustancial de
condiciones de trabajo (art. 41 ET), suspensión de contratos y reducción de jornada
(art. 47 ET) e inaplicación de convenio colectivo estatutario (art. 82.3 ET),
imponiéndose finalmente las medidas de modificación sustancial y de inaplicación de
convenio. – No se impugnan, porque dichas medidas quedaron sin efecto, al
alcanzarse acuerdo en procedimiento de mediación, seguido ante el SIMA el 25-06-
2013, entre las empresas demandadas y las secciones sindicales de CCOO y UGT,
quienes ostentaban el 64, 93% de la representatividad, que supuso una notificación
de las nuevas medidas a la DGE de 5-07-2012, así como a la comisión negociadora
del período de consultas

Seguiremos informando
Ánimo y adelante