06 julio 2018

Juicio elecciones sindicales Servicios Centrales y Oviedo OP


¿Validarán los tribunales las maniobras de la dirección y STC (válgase la redundancia y la repugnancia) para evitar la presencia de listas “incómodas” en las elecciones?
 
Juicio elecciones sindicales Servicios Centrales y Oviedo OP

El miércoles pasado tuvo lugar en los Juzgados de lo Social de Oviedo la vista por las demandas de varios sindicatos (entre ellos CSI) contra el laudo que aceptaba la exclusión del censo electoral de Servicios Centrales y Oviedo OP de los compañeros en excedencia pactada compensada.
Como informamos en su momento, la impugnación ante la mesa electoral previa al laudo fue presentada por la dirección y por STC, que, de forma nada casual, coinciden en su pretensión de elaborar un censo a la medida de sus intereses comunes para evitar que los trabajadores puedan elegir entre distintas opciones sindicales, fundamentalmente entre quienes avalan con su firma los recortes que estamos padeciendo y quienes nos negamos a ser cómplices de los abusos de la dirección.
Con el primer censo electoral, incluyendo a los trabajadores en excedencia, la CSI consiguió presentar lista, que se enfrentaba a tres candidaturas de quienes apoyan los recortes y las repetidas traiciones a los trabajadores: la fusión de STC e independientes (patrocinada por la dirección), UGT y CSIF.
Como a pesar de todas las dificultades, la CSI había conseguido presentar lista, desde STC se llamó a personas que figuraban en ella para intentar que se diesen de baja, pretendiendo conseguir que nuestra lista fuese anulada por no contar con el número mínimo de candidatos exigible legalmente. Como se ve, en STC no han olvidado las típicas artimañas de la vieja UGT de donde provienen sus fundadores, donde fueron jefazos simultáneamente a ser jefazos de la empresa en aquellos tiempos en que gracias a ellos se firmaron acuerdos tan nefastos como el 25/01/99.
Pocos días antes de la votación en la que concurríamos, el laudo que dio la razón a la dirección y a sus sindicalistas de compañía hizo que se suspendiera la votación fijada para el día 12 de junio y que se retrotrajese la situación al momento en el que, con el nuevo censo, debían presentarse las candidaturas.
Con el censo actualmente en vigor, a raíz de laudo que hemos recurrido, sólo han podido presentar lista STC (con la inclusión de esos supuestos independientes que, en una nueva pirueta de su mareante trayectoria del rojo al amarillo, han redescubierto las ventajas de guarecerse debajo de unas siglas sindicales para hacer lo que han venido haciendo hasta ahora: seguir atechaditos mientras amaina la tormenta, a la espera de que la dirección les necesite para firmar más recortes, única actividad sindical que se les conoce en los últimos años) y UGT, tradicional sindicato del régimen que se encuentra con que, en Asturias, la dirección no necesita demasiado  de sus servicios por lo que sólo les reserva el triste papel de simples comparsas en el grupo de sindicalistas cómplices que lo firman todo a espaldas de los trabajadores.
En el juicio de ayer, donde se vieron las demandas contra dicho laudo, no hizo acto de presencia ningún abogado ni ningún sindicalista de STC y/o de la candidatura independiente, a pesar de estar citados.
Suponemos que dejan, como en los juicios de los ERES que firman, la defensa legal de sus traiciones en manos de los abogados de la empresa y también suponemos que su lógica curiosidad por los argumentos esgrimidos en el juicio será saciada con el preceptivo informe de dichos abogados empresariales.
Desde la CSI se hizo, en el juicio, la defensa del derecho a la participación como electores y elegibles de trabajadores que están en excedencia anual, que no se renueva automáticamente, sino que debe ser solicitada cada año por el trabajador y aceptada por la empresa y a quienes les afecta la negociación colectiva que se lleva a cabo en la entidad.
Por parte de la empresa, sin descender a los abismos conceptuales de la Directora de Gestión de Personas (un fichaje externo de esos de sueldo desconocido pero imaginable que periódicamente son contratados para meternos en cintura) en la vista del laudo (“los excedentes son, en realidad prejubilados que están de viaje por el Caribe y no van a venir a votar”), se insistió en que la situación de estos compañeros es “muy parecida a una prejubilación”, por lo que no deben tener derecho a participar en las elecciones sindicales.
Sea cual sea el resultado del juicio, ha quedado de manifiesto que, entre la dirección y STC+independientes, hay una evidente conjunción de intereses que pasa, entre otras cosas, por ponerse de acuerdo para impedir que los trabajadores de Servicios Centrales y Oviedo OP puedan elegir entre dos maneras distintas de practicar la acción sindical y solo puedan, si sus maniobras llegan a buen fin, elegir entre unos traidores que firman los recortes de espaldas a los trabajadores y otros traidores que firman los recortes de espaldas a los trabajadores, con distintas siglas pero con las mismas  aborrecibles prácticas.
En todo caso, pase lo que pase, y sea cual sea el sentido de la sentencia, desde la CSI vamos a seguir defendiendo los derechos de todos y cada uno de los compañeros como hemos hecho hasta ahora: con coraje, con rigor, con entrega, con trabajo constante, sin preguntar a nadie por su afiliación y/o el sentido de su voto y con el optimismo lúcido y organizado de quienes pensamos que la única lucha que se pierde es la que se abandona y, además, intentamos predicar con el ejemplo.
A seguir en la pelea.
Por la cuenta que nos trae a todos.
6 de julio de 2018