30 septiembre 2024

(No) Cancelación de cuentas: instrucciones ilegales que no deben ser cumplidas

 (No) Cancelación de cuentas: instrucciones ilegales que no deben ser cumplidas

En una circular anterior, nos hacíamos eco de la situación generada por la ocurrencia de algún directivo de Banca Comercial, comunicada por escrito a las oficinas, prohibiendo la cancelación de las cuentas de ahorro sin la previa autorización de la dirección de zona correspondiente.

Como dijimos en su momento, estas directrices, resultan absolutamente inoperativas en materia comercial, ya que, lejos de conseguir evitar que quienes ya han decidido dejar de ser clientes de la entidad dejen de serlo, lo único que aportan es más cabreo y más descontento añadido que, como es evidente, recae contra quienes tenemos que dar cumplimento a tan disparatadas instrucciones.

Más allá de la falta de criterio comercial y del poco respeto al trabajo que tenemos que realizar quienes atendemos a los clientes, esta orden acerca de la (no) cancelación de cuentas a petición de sus titulares era de una legalidad más que dudosa, lo cual nos podría traer desagradables consecuencias a los trabajadores, tanto a los que nos vemos obligados a cumplir estas medidas como de aquellos que se ven obligados a trasmitirlas.

Una vez aclarada de forma fehaciente en cumplimento no sólo de la legalidad, sino también de las normas internas de la entidad, la improcedencia de dichas instrucciones y, toda vez que quienes las emitieron no acaban de informar de su derogación, comunicamos que dicha normativa debe ser ignorada.

En caso de cualquier incidencia a este respecto, rogamos a los trabajadores afectados que se pongan en contacto con nuestros delegados para tomar las medidas pertinentes.

Al margen de la falta de criterio de quienes nos hacen perder el tiempo con asuntos tan intolerables como estos, consideramos que la responsabilidad acerca de estas situaciones corresponde a la Dirección de Banca Comercial a la que se le debe exigir que, como mínimo, controle estos comportamientos de sus directivos y tome las medidas oportunas para que no se repitan evitando así la necesidad de denunciarlas ante el Banco de España.

Seguimos.

30 de septiembre de 2024