04 noviembre 2020

Congelación bandas salariales: el Tribunal Supremo nos da la razón

Una hermosa noticia

 Congelación bandas salariales de los compañeros ingresados en Cajastur después del 25 de enero de 1.999: el Tribunal Supremo nos da la razón

El árbol corrupto y podrido del acuerdo del 25 de enero de 1999 en Cajastur sigue produciendo amargos frutos en forma de recortes salariales y absorción de los aumentos de convenio colectivo, lo que sumado a los sucesivos ERES fraudulentos, está suponiendo para todos los trabajadores que accedieron a nuestra Caja a partir de dicho acuerdo, además de una manifiesta injusticia, una clara discriminación respecto al resto de trabajadores que formamos parte de Liberbank.

En 2.008, una vez firmado el Convenio Estatal, se procedió, por última vez, a la negociación de las condiciones postconvenio en Cajastur para su periodo de vigencia (2.008-2.010), actualizándose las bandas salariales (niveles máximo y mínimo) en el mismo porcentaje de aumento salarial de dicho Convenio.

Desde 2011 hasta 2016 no se produjo ninguna actualización, por no contemplarlo el Convenio o por los diferentes ERES fraudulentos que contemplan inaplicación del incremento salarial de convenio.

El convenio 2015-2018, firmado en agosto de 2016, contemplaba una subida salarial de 1% para 2015 y 2016, de otro 1% en 2017 y de 1,25% para 2018, que no se trasladó a las bandas salariales de los trabajadores ingresados en Cajastur a partir de 1999.

Ante la manifiesta intención de la empresa de mantener congeladas in eternis las bandas salariales de estos compañeros, desde la CSI promovimos un conflicto colectivo contra dicha congelación, exigiendo que se les aplicase de forma efectiva las subidas de convenio estatal sin que pudieran ser absorbidas por el CNNC.

Como es preceptivo, tuvo lugar una reunión de mediación, en la cual la empresa solicitó un plazo de un mes para estudiar la posibilidad de presentar por su parte una oferta de negociación.

Transcurrido ese mes, la empresa comunicó que "su situación económica le impedía asumir una obligación económica como la que implicaría abonar las subidas del convenio a los compañeros afectados por esta congelación" (así, tal cual), por lo que, desde la CSI seguimos adelante con el conflicto colectivo, presentando la correspondiente demanda, a raíz de la cual, el TSJA, en mayo de 2019, dictó una sentencia que nos daba la razón y afirmaba lo siguiente:

Estimando la demanda de conflicto colectivo interpuesta por Corriente Sindical de Izquierda de Asturias contra Liberbank S.A., debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores adscritos a la escala de niveles y provenientes de la entidad Cajastur a que se actualicen las bandas salariales conforme a lo pactado en el acuerdo de 4 de julio de 2008, con la misma periodicidad e incrementos salariales que los establecidos en el Convenio Colectivo del Sector, manteniendo el derecho de dichos trabajadores en los términos legalmente establecidos y por ello, abonando los atraso devengados en 2017, en su caso, por la indebida falta de actualización de las bandas salariales (máxima y mínima) correspondiente a la escala de niveles, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y, por tanto, a adoptar las medidas necesarias para su efectividad, junto con el abono de las cantidades que por tal concepto se hubiesen generado hasta el momento.”

Esta hermosa y contundente sentencia fue, como era de esperar, recurrida por parte de Liberbank ante el Tribunal Supremo.

Tanto en sus alegatos contra nuestra demanda como en su ridículo recurso al TS, el argumento estrella de la empresa consistía en una circular sindical firmada por el representante del Sindicato Amarillo y Parasitario STC en la mesa de negociación de los últimos recortes fraudulentos impuestos por la dirección y todavía en vigor a pesar de haber sido anulados por la AN.

En dicha vomitiva circular se afirmaba que, gracias al ERE fraudulento en vigor hasta finales del año pasado, firmado por CCOO, UGT, CSIF y el Sindicato Amarillo y Parasitario STC se había resuelto el problema de los compañeros afectados por la congelación de las bandas salariales (además de haberse conseguido una estupenda prejubilación para la secretaria general del Sindicato Amarillo y Parasitario STC, firmante de dicho ERE, a costa de los recortes salariales de quienes seguimos trabajando)

Ya en su momento, la Fiscalía del TS emitió un informe en el que pedía la desestimación del recurso de Liberbank.

Ahora, el Tribunal Supremo acaba de dictar sentencia en la que acuerda:

"Desestimar el recurso de casación interpuesto por Liberbank SA y confirmar y declarar la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 21 de mayo de 2019, dictada en autos número 12/2019, en virtud de demanda formulada por Corriente Sindical de Izquierda de Asturias frente a Liberbank SA"

Una muy buena noticia para los trabajadores y otro contundente bofetón a la soberbia y la prepotencia de quienes dirigen Liberbank y a sus vomitivos y patéticos cómplices sindicales.

Seguiremos informando

4 de noviembre de 2020