Transformación del PECAJASTUR
En
reunión celebrada el 12 de junio de 2013, que ponía fin a otra serie de ellas
que se habían celebrado previamente, se alcanzó una acuerdo entre la empresa y
los representantes de los trabajadores para la transformación de los subplanes
1, 2 y 3 del Plan de Pensiones de Empleados de Caja de Asturias PECAJASTUR;
acuerdo que quedaba pendiente de ratificar y que tomaría efecto si
consigue el respaldo de al menos el 90% de los partícipes.
El
16 de septiembre de 2013 se ha procedido a la ratificación del acuerdo. Para
ello se ha celebrado un acto en el que se ha suscrito el documento de
ratificación por parte de la dirección de la empresa y por una amplia mayoría
de los delegados electos por los trabajadores procedentes de la Caja de
Asturias (a su vez, únicos partícipes del PECAJASTUR).
La
Comisión de Control del PECAJASTUR queda encargada de recabar de cada uno de
los partícipes la adhesión a la transformación y si el número de adhesiones
llega al 90% de los partícipes, se habrá conseguido el último de los requisitos
para la efectiva transformación.
Por
parte de la empresa se colgará en la intranet el acuerdo suscrito y por parte
sindical se convocará próximamente Asamblea Informativa para comentar con
detalle los cambios, pero mientras tanto, exponemos de manera esquemática cómo
quedan los diferentes subplanes.
1.- SUBPLAN 1
DERECHOS
CONSOLIDADOS
Se
transforma de prestación definida a aportación definida, constituyéndose un
fondo de capital a nivel individual equivalente a la provisión matemática de
jubilación más la provisión matemática para la cobertura de riesgos del plan,
ambas al 31 de diciembre de 2011.
APORTACION
4%
del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
Asegurada
del 2% neto mas 90% de participación en beneficios.
2.- SUBPLAN 2
DERECHOS
CONSOLIDADOS
Al
fondo de capitalización constituido en el momento actual para la jubilación, se
añadirá la provisión matemática para la cobertura de las prestaciones de riesgo
existente al 31 de diciembre de 2011. Esta cantidad se incrementará, además,
con una asignación de excedentes que equivale a la diferencia entre el 6% de
rentabilidad y el 4% que se utilizó desde el año 1999. (El total a repartir
entre los partícipes del subplan 2 asciende a la cantidad de
1.131.217,67€).
Se
asegura una prestación de riesgo que como mínimo será el salario pensionable
anualizado en el momento de la transformación, con un mínimo de 30.000 y un
máximo de 50.000 euros.
APORTACION
4%
del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
6%
menos los gastos aplicados por la compañía de seguros para la administración de
la póliza que se estiman en el 0,35%.
3.- SUBPLAN 3
DERECHOS
CONSOLIDADOS
A
la cantidad ya constituida actualmente de manera individual, se le sumará la
asignación del 37,5% de los excedentes (los generados con las aportaciones de
los partícipes) que se distribuirá de manera proporcional.
APORTACIONES
Por
parte del promotor: 2% del salario pensionable
Por
parte del partícipe: voluntarias, con los límites legales establecidos.
RENTABILIDAD
La
que se obtenga de las inversiones, como hasta ahora.
Oviedo,
18 de septiembre de 2013